Mitigación del cambio climático desde los municipios
En la actualidad, la discusión ambiental está más presente, la idea de una política ambiental eficiente es central y se instaló en la discusión pública de los asuntos municipales, impulsada por la creciente contaminación del aire, agua y suelos en las ciudades.
Según el Sexto Informe de Evaluación del IPCC, el panorama no es alentador en las regiones del Sur Global. Particularmente en América central y del Sur, existen riesgos sistémicos de sobrepasar la capacidad de los sistemas de infraestructuras y servicios públicos, como servicios sanitarios, debido al impacto de los peligros naturales y epidemias, que afectan a gran parte de la población. Esto resulta en escasas mejoras, mantenimiento y expansión de los sistemas sanitarios públicos y una baja resiliencia de los sistemas.
Ante este diagnóstico, algunos países de América Latina decidieron crear planes de mitigación y adaptación para cada municipio. Uno de los ejemplos es el del gobierno de México. Según estudios realizados por Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC) integró el reporte de Gestión de Riesgos ante el Cambio Climático y Diagnóstico de Vulnerabilidad (INECC, 2013), se detectó que son 480 municipios de 13 entidades federativas los que presentan mayor vulnerabilidad al cambio climático, lo que representa el 20% de los municipios a nivel nacional. Cabe destacar que estos municipios se concentran en los estados del sur y sureste; Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Veracruz y Tabasco son las entidades que concentran el mayor porcentaje de municipios con alto grado de vulnerabilidad al cambio climático. Ante esto, los municipios deben elaborar programas municipales de cambio climático en el marco de la Estrategia Nacional de Cambio Climático y, también, en relación al Programa Especial de Cambio Climático. La Estrategia Nacional de Cambio Climático es un instrumento a mediano y largo plazo para enfrentar los efectos del cambio climático y transitar hacia una economía competitiva, sustentable y de bajas emisiones de carbono. El marco jurídico es la Ley General de Cambio Climático y su planeación es dicha Estrategia a nivel nacional.
En este caso, los municipios deben actualizar e implementar acciones de mitigación y adaptación en las siguientes materias: prestación de servicios de agua potable y saneamiento; ordenamiento ecológico local y desarrollo urbano; recursos naturales y protección al ambiente; protección civil; manejo de residuos sólidos municipales; transporte público de pasajeros eficiente y sustentable; fomentar la investigación científica y tecnológica, el desarrollo, transferencia y despliegue de tecnologías, equipos y procesos; desarrollar proyectos integrales de mitigación al cambio climático para impulsar el transporte eficiente y sustentable público y privado; realizar campañas de educación e información; participar en el diseño y aplicación de incentivos.
Otro ejemplo es Argentina. En el marco de la COP 27 en Egipto, Argentina presentó su Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático (PNA y MCC) y su Estrategia de Desarrollo Resiliente con Bajas Emisiones a Largo Plazo (ELP). Ambos instrumentos son centrales para comenzar a transversalizar las políticas de Estado necesarias para colocar al país en el cambio de desarrollo sostenible hacia la carbono neutralidad, reduciendo riesgos y vulnerabilidades socioeconómicas y ambientales. Por un lado, el Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático plantea alrededor de 250 medidas e instrumentos que el país tomará hasta 2030. El Plan responde a la Ley 27.520 de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global, y es central para comenzar acciones concretas respecto a las metas planteadas en la segunda Contribución Determinada (NDC, por sus siglas en inglés), es decir, el compromiso climático a 2030 asumido por el país bajo el Acuerdo de París. En la misma NDC, Argentina se comprometió a no exceder la emisión neta de 349 MtCO2eq para 2030 (según el último inventario de GEI, en 2018 el país habría emitido 366 MtCO2eq). El documento presenta una serie de líneas estratégicas alrededor de las cuales se ordenan las medidas propuestas y a las que se clasifica de acuerdo a su aporte a la mitigación, a la adaptación y/o a las pérdidas y los daños. Estas líneas estratégicas son:
- Conservación de la biodiversidad y bienes comunes
- Gestión sostenible de sistemas alimentarios y bosques
- Movilidad sostenible
- Territorios sostenibles y resilientes
- Transición energética
- Transición productiva
No obstante, según Fundación Ambiente y Recursos Naturales, existen ciertas irregularidades en dicho documento que no se traducen efectivamente en un sendero de adaptación y mitigación. Por ejemplo, dentro de la línea estratégica de transición energética, se hace mención al “desarrollo de sus cuencas hidrocarburíferas, costa adentro y costa afuera” a través del cual “la Argentina buscará transformarse en un proveedor de gas natural a escala regional y global”. Ante esto, Catalina Gonda, co-coordinadora del área de Política Climática de FARN, advierte que el contexto de crisis climática a nivel global requiere de una verdadera transición energética, en dirección contraria a los combustibles fósiles.
Por otro lado, la Estrategia de Desarrollo Resiliente con Bajas Emisiones a Largo Plazo (ELP), se enmarca en el artículo 4.13 del Acuerdo de París, que invitaba a los países a presentar dicha estrategia para 2020. Sin embargo, debido a la pandemia del COVID-19 muchos países -entre ellos la Argentina- debieron demorar la elaboración de estas metas a largo plazo.
A la vez, Argentina ya había avanzando en la elaboración de su ELP mediante un proceso participativo, con la intención de presentarla ante la ONU en la COP 26 de 2021, pero por tensiones con el sector agropecuario y energético -sectores emisores del país-, a pocos días de la Conferencia, ese documento no se presentó. El documento presentado en la COP 27, en comparación con el preparado el año anterior, no esboza una hoja de ruta concreta para alcanzar la neutralidad de emisiones, solo habla de la necesidad de llevar adelante un proceso de planificación participativo para la formulación de la misma y las trayectorias viables para alcanzar sus metas.
Ante este contexto, es inevitable pensar en el papel relevante de la transparencia y la participación de diversos actores que deben tener estos espacios, donde los aportes de la sociedad civil sean tenidos en cuenta, no de manera sustantiva e insuficiente, sino que sea vinculante para con los y las tomadores/as de decisiones.
Desde CILA creemos que la presentación de estos planes o estrategias a largo de plazo para hacer frente a las problemáticas ambientales deben representar los intereses de las comunidades afectadas y no ser meramente documentos que “cumplan requisitos”. En este sentido, nos resulta relevante que se aplique el Acuerdo de Escazú que, según el artículo 7, asegura el derecho de participación del público en los procesos de toma de decisiones ambientales. En el mismo artículo se provee de mecanismos de participación del público en los procesos de toma de decisiones, revisiones, examinaciones o actualizaciones relativos a proyectos y actividades, así como en otros procesos de autorizaciones ambientales que tengan o puedan tener un impacto significativo sobre el medio ambiente, incluyendo cuando pueden afectar la salud. En línea con lo anterior, los “asuntos ambientales” refieren al ordenamiento del territorio y la elaboración de políticas, estrategias, planes, programas, normas y reglamentos, que tengan o puedan tener un significativo impacto sobre el medio ambiente.
Por Fiorella Ricagno, Pasante de CILA.